En primer lugar, debemos destacar que no es necesario obtener el consentimiento del trabajador para tratar sus datos con el objetico de contener la pandemia.
Tanto el Comité Europeo de Protección de Datos como la Agencia Española de Protección de Datos coindice en señalar que la licitud del tratamiento viene dada por el 6.1.d y 6.1.e, es decir, el...